En
el marco de lo establecido en el Acuerdo
696, la evaluación debe considerarse como un
instrumento de aprendizaje sobre los logros y capacidades de los alumnos,
adquiridos a través del desarrollo de las competencias, que se favorecen a
través de los aprendizajes esperados, propuestos en los programas de estudio Educación Básica 2011.
Derivado
de lo anterior, la Subdirección de
Escuelas Telesecundarias, a través del Departamento
de Operación de Programas Técnico Pedagógicos, con la intención de contribuir
con los docentes de Telesecundaria, para que utilicen los resultados de la
evaluación con fines de mejora en su intervención educativa, propone en el
presente documento, instrumentos cualitativos para la evaluación de los
aprendizajes esperados correspondientes al Bloque II.
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